{"id":5043,"date":"2020-09-05T22:29:50","date_gmt":"2020-09-05T22:29:50","guid":{"rendered":"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/?p=5043"},"modified":"2020-09-05T22:29:50","modified_gmt":"2020-09-05T22:29:50","slug":"amplia-congreso-el-codigo-de-derechos-del-estado-en-materia-de-nuevos-servicios","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/?p=5043","title":{"rendered":"AMPL\u00cdA CONGRESO EL C\u00d3DIGO DE DERECHOS DEL ESTADO EN MATERIA DE NUEVOS SERVICIOS"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>Con estas reformas se precisa el cat\u00e1logo de servicios para cumplir adecuadamente con la pol\u00edtica laboral del gobierno e impulsar el empleo y la ocupaci\u00f3n productiva en la entidad.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Cleofas Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>En sesi\u00f3n extraordinaria, el Pleno de la LXV Legislatura aprob\u00f3 el dictamen de la Comisi\u00f3n de Hacienda del Estado que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del C\u00f3digo de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con lo que se establece un marco jur\u00eddico acorde con la nueva realidad socioecon\u00f3mica, transparente y garante de los principios constitucionales y legales a las que deben sujetarse las contribuciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft  wp-image-5044\" src=\"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_foto-1-1-300x200.jpg\" alt=\"\" width=\"618\" height=\"412\" srcset=\"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_foto-1-1-300x200.jpg 300w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_foto-1-1-768x512.jpg 768w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_foto-1-1-400x266.jpg 400w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_foto-1-1-901x600.jpg 901w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_foto-1-1.jpg 1024w\" sizes=\"(max-width: 618px) 100vw, 618px\" \/><\/p>\n<p>El dictamen, resultado de la iniciativa presentada el pasado 28 de julio por el gobernador Cuitl\u00e1huac Garc\u00eda Jim\u00e9nez, refiere que con esta reforma se incorpora el principio de legalidad al que debe circunscribirse toda actuaci\u00f3n del sector p\u00fablico y, al mismo tiempo, propicia un escenario para que la administraci\u00f3n p\u00fablica est\u00e9 en condiciones de favorecer el crecimiento econ\u00f3mico de la entidad y el bienestar com\u00fan.<\/p>\n<p>Respecto a la ampliaci\u00f3n de los cat\u00e1logos para el pago de derechos de diversos servicios que prestan las dependencias y entidades del Gobierno del Estado, el documento pone de relieve la coincidencia de la Comisi\u00f3n con los nuevos derechos, donde destacan los que regulan las diversas disposiciones locales que, en materia ambiental, buscan prevenir y mitigar el grave deterioro ecol\u00f3gico.<\/p>\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n en la incorporaci\u00f3n de las actividades de pesca comercial y de fomento en aguas de jurisdicci\u00f3n estatal. Cuesti\u00f3n que -indica- otorga certidumbre jur\u00eddica a los contribuyentes al incorporarlos al marco legal aplicable para cada materia.<\/p>\n<p>Expone que, con la adici\u00f3n de la fracci\u00f3n III del apartado A al Art\u00edculo 16, dentro de los servicios prestados por la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n (Sefiplan), los contadores p\u00fablicos autorizados que emiten dict\u00e1menes de cumplimiento de obligaciones fiscales, que por alguna raz\u00f3n no cumplan con los requisitos o plazos previstos por la Ley y que, en consecuencia, les sea<\/p>\n<p>cancelado su registro, contar\u00e1n con la oportunidad de solicitar su reinscripci\u00f3n al padr\u00f3n de contador p\u00fablico autorizado, previo cumplimiento de las disposiciones jur\u00eddicas aplicables.<\/p>\n<p>Por otra parte, con la reforma al Art\u00edculo 19 fracci\u00f3n IX incisos a), b), c) y d) y la adici\u00f3n de sus incisos e), f) y g), se actualiza el cat\u00e1logo de los servicios diversos que presta la Secretar\u00eda de Medio Ambiente (Sedema), resultando acorde con el amplio marco jur\u00eddico vigente que regula sus acciones, las Leyes Estatal de Protecci\u00f3n Ambiental, Estatal de Mitigaci\u00f3n y Adaptaci\u00f3n ante los efectos del Cambio Clim\u00e1tico y la de Prevenci\u00f3n y<\/p>\n<p>Gesti\u00f3n Integral de Residuos S\u00f3lidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Veracruz, lo que hace necesaria su pronta inclusi\u00f3n en el C\u00f3digo en menci\u00f3n.<\/p>\n<p>En tanto, con la reforma a los art\u00edculos 20 y 22, en diversas fracciones, se actualizan los servicios y las cuotas de los cat\u00e1logos de derechos que corresponden a la secretar\u00eda de Desarrollo Social (Sedesol) y la Contralor\u00eda General del Estado (CGE), respectivamente.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, se adiciona el Cap\u00edtulo D\u00e9cimo Primero y el Art\u00edculo 22 Ter, con lo que se incorpora el cat\u00e1logo de servicios de la Secretar\u00eda de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca (Sedarpa) para las actividades de pesca comercial y de fomento, entre otras, en aguas de jurisdicci\u00f3n estatal, con la finalidad de que los permisos para quienes se dedican a la pesca y la acuacultura tengan certidumbre jur\u00eddica.<a href=\"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft  wp-image-5045\" src=\"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1-300x200.jpg\" alt=\"\" width=\"524\" height=\"349\" srcset=\"http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1-300x200.jpg 300w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1-1024x682.jpg 1024w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1-768x512.jpg 768w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1-400x267.jpg 400w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1-900x600.jpg 900w, http:\/\/www.impactohuasteco.com\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/thumbnail_Foto-2-1.jpg 1280w\" sizes=\"(max-width: 524px) 100vw, 524px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Como parte de la reforma, fueron modificados los art\u00edculos 24 y 26, relativos a los servicios que presta el Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz (Cobaev) y del Colegio de Estudios Cient\u00edficos y Tecnol\u00f3gicos del Estado de Veracruz (Cecytev), con lo cual se otorga mayor certidumbre jur\u00eddica respecto de algunos servicios que otorgan estos organismos descentralizados.<\/p>\n<p>Con la reforma y adici\u00f3n del Art\u00edculo 28, por los servicios que presta el Instituto de Capacitaci\u00f3n para el Trabajo del Estado de Veracruz (Icatver) se ampl\u00eda el cat\u00e1logo de servicios con enfoques de calidad, evaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n siguiendo los est\u00e1ndares establecidos por el Consejo Nacional de Normalizaci\u00f3n y Certificaci\u00f3n de Competencias Laborales (Conocer).<\/p>\n<p>Con la adici\u00f3n del Art\u00edculo 33 Bis, se incluye el cat\u00e1logo de servicios prestados por el Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal (Invedem) para dar certidumbre jur\u00eddica respecto a sus costos y propiciar la transparencia para la recepci\u00f3n de los mismos a trav\u00e9s de la oficina virtual de hacienda.<\/p>\n<p>En el Art\u00edculo 33, se incluye al Instituto Veracruzano del Deporte (IVD), lo cual permitir\u00e1 generar mejores condiciones para fomentar y sustentar una pr\u00e1ctica deportiva de pleno acceso a la ciudadan\u00eda, con el objeto de mejorar la calidad de vida de la poblaci\u00f3n. Tambi\u00e9n se incorpora, en el Art\u00edculo 59 Qu\u00e1ter, a la Universidad Popular Aut\u00f3noma de Veracruz (UPAV), con el fin de abonar a la transparencia, rendici\u00f3n de cuentas y en materia anticorrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>En cuanto al Art\u00edculo 17, y toda vez que a\u00fan refer\u00eda a la extinta Secretar\u00eda de Comunicaci\u00f3n, se establece el nombre de la Secretar\u00eda de Infraestructura y Obras P\u00fablicas (Siop), as\u00ed como los servicios prestados por esta dependencia.<\/p>\n<p>Debido a que las instituciones educativas tecnol\u00f3gicas buscan mejorar la prestaci\u00f3n de sus servicios tecnol\u00f3gicos, de innovaci\u00f3n t\u00e9cnica, laboratorios, deportivos, de conservaci\u00f3n, equipamiento y herramientas, aunado a que los otorgan en diferentes zonas econ\u00f3micas, se actualiza su cat\u00e1logo que, en m\u00e1s de un caso, disminuye el costo de los pagos de los estudiantes y en otros reconoce la necesidad de proporcionar productos de calidad y de mejora continua para las comunidades educativas.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo y con la derogaci\u00f3n de la fracci\u00f3n III del Art\u00edculo 61, relativa a la eliminaci\u00f3n de la expedici\u00f3n de certificados de sanidad animal, se corrige la legislaci\u00f3n estatal, toda vez que esta atribuci\u00f3n est\u00e1 reservada para la autoridad federal.<\/p>\n<p>Este Dictamen registr\u00f3 22 votos a favor, 18 en contra y tres abstenciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con estas reformas se precisa el cat\u00e1logo de servicios para cumplir adecuadamente con la pol\u00edtica laboral del gobierno e impulsar el empleo y la ocupaci\u00f3n productiva en la entidad. 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